La declaración anual de personas físicas se presenta en abril, pero las personas pensionadas, jubiladas o retiradas sólo presentan dicha declaración en algunos casos.
De acuerdo con información publicada por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), los jubilados y pensionados deben presentar la declaración cuando se presenten las siguientes situaciones:
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