En la Cámara de Diputados se presentó una iniciativa para exentar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) por la venta de inmuebles que realicen las personas de 65 años y más, independientemente de la fecha de la última enajenación. Si se compra un bien inmueble en 100 pesos y se vende en 120 pesos, implicaría a simple vista, una posible ganancia de 20 pesos, sobre la cual y de ser el caso, habrá que pagar el ISR correspondiente. La Ley del ISR, en su artículo 120, establece la mecánica para obtener los ingresos acumulables por la ganancia por concepto de enajenación de bienes. En su fracción I, establece que la ganancia total obtenida por la enajenación, se dividirá entre el número de años transcurridos entre la fecha de adquisición y la de enajenación, sin exceder de 20 años, lo cual constituye la regla general.
Se buscará exentar el ISR por la venta de inmuebles de mayores de 65 años. La iniciativa fue presentada por la diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), y fue turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados.
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